Ley Seca en el DF Elecciones Presidenciales 2012
A unas horas del inicio de la prohibición para la venta de bebidas
acohólicas que arranca el primer minuto del sábado 30 de junio, muchas
son las interrogantes que giran sobre la famosa "Ley Seca", mecanismo a
través del cual las autoridades buscan disminuir el riesgo de incidentes
de cara a los comicios del 1 de julio.
Tras darse a conocer la medida a nivel nacional y local, en Nuevo León
comerciantes y ciudadanos por igual desconocen los alcances de la
medida, en gran parte por la falta de información por parte de las
autoridades, principalmente las del municipio de Monterrey, donde han
lanzado una advertencia respecto a multas y sanciones a las que serán
sujetos aquellos que violen la prohibición de vender y consumir bebidas
en reuniones sociales en restaurantes, bares, centros sociales, y otros
establecimientos dedicados al expendio de bebidas embriagantes.
La controversial medida, tradicionalmente aplicada durante los procesos
electorales, ha sido objeto de estudio por parte del Poder Legislativo
Federal, que en el año 2007 decidió derogarla del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
El Partido Acción Nacional promovió la reforma al numeral dos del
artículo 239 del Cofipe, dejando al arbitrio de los estados su posterior
aplicación, cuando la autoridad electoral considere indispensable
llevarla a la práctica para conservar el orden en las elecciones.
Con las reformas, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales vigente, en su artículo 286 numeral dos a la letra dice: "El
día de la elección y el precedente las autoridades competentes, de
acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán
establecer medidas para limitar el horario de servicio de los
establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes".
¿QUIEN DEBE SANCIONAR A QUIENES VIOLEN LA LEY SECA?
La Ley Electoral del Estado de Nuevo León establece la prohibición para
la venta de bebidas alcohólicas en el Capítulo Quinto, apartado De las
Garantías, del Artículo 28 que dice: "Desde las 0:00 horas del día
precedente al de la elección y hasta las 24:00 horas del día de la
elección, queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas, debiendo
permanecer cerradas todas las cantinas y bares, así como los
restaurantes bar, por lo que hace a esta última área y en general, los
comercios que expendan bebidas embriagantes como principal actividad".
Con base en el párrafo anterior, el municipio de Monterrey dio a
conocer la implementación de la "Ley Seca" en la capital regiomontana,
medida que se hará extensiva al resto de Nuevo León. Sin embargo, la Ley
Estatal Electoral no contempla sanciones económicas o clausuras a
aquellos lugares que violen la normativa, lo que desata un vacío legal
respecto a que autoridad está jurisdiccionada para aplicar las sanciones
respectivas.
Por tratarse de la normativa electoral, los casos deberían ser
resueltos como delitos de esta índole a través de la Fiscalía
Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); pero en
el caso de Monterrey la Dirección de Inspección y Vigilancia, a través
de su titular Andrés Ramírez Esquivel, informó que será el ayuntamiento
quien sancione a los establecimientos que violen la "Ley Seca", con
multas de hasta 25 mil pesos y clausuras temporales y definitivas del
permiso para la venta de bebidas alcohólicas que expide la
administración municipal.
PROHIBIDO VENDER, NO CONSUMIR
Otro de los temas de discusión entre los ciudadanos es el relativo a
eventos sociales contratados previamente, donde las autoridades de
Monterrey han dado a conocer que serán inflexibles en el tema de consumo
de alcohol en Bodas, XV años y festejos que se celebrarán los días
viernes, sábado y domingo en salones de fiestas, hoteles y quintas
campestres.
La Ley Estatal Electoral es clara al señalar que a partir de las 00:00
horas del día precedente a la elección queda prohibido el expendio de
bebidas alcohólicas. El diccionario de la Real Academia Española define
la palabra expendio como "venta al por menor", por lo que resulta
infundado establecer como delito el consumo de bebidas alcohólicas en
este tipo de establecimientos.
Esta aseveración podría también aplicarse a aquellos ciudadanos que
consuman bebidas
embriagantes en sus domicilios durante los días 30 de
junio y 1 de julio, siempre y cuando no violen la normativa municipal
que impide el consumo de alcohol en la vía pública o a bordo de
vehículos en movimiento, consideradas faltas administrativas al
Reglamento de Policía y Buen Gobierno.
ACONSEJAN CUMPLIR LEY SECA PARA EVITAR SANCIONES Y EXTORSIONES
El Presidente de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de
Monterry, Ramón Cantú Willman, informó a lo largo de la semana ha tenido
comunicación con los socios de la cámara que cuentan con permiso para
la venta de bebidas alcohólicas, a quienes invitó mediante una circular a
abstenerse de violar la "Ley Seca", para evitar cualquier tipo de
sanción por parte de las autoridades municipales.
"Nosotros les mandamos un comunicado donde los estamos conminando a que
se cumpla con la ley, y les estamos diciendo el período que va a durar
la Ley Seca, las 48 horas que son desde el primer minuto del sábado
hasta el último minuto del domingo".
Existen alrededor de 6 mil establecimientos con permiso para venta de
bebidas alcohólicas en la capital, en su mayoría tiendas de
conveniencia, abarrotes y supermercados registradas ante la CANACO
Monterrey. Otros establecimientos que se verán afectados por la medida
son los restaurantes, bares, salas de apuesta, e incluso eventos
deportivos ya que este fin de semana el equipo regiomontano Sultanes de
Monterrey jugará como local en el Estadio de Beisbol Monterrey.
El Presidente de CANACO Monterrey invitó a los agremiados a observar el
cumplimiento de la medida, para evitar cualquier tipo de extorsión por
parte de los inspectores municipales que efectuarán los rondines para
vigilar el cumplimiento de esta controversial medida.
"La mejor recomendación para que no haya extorsiones es que todos
nuestros afiliados cumplan con la ley que está vigente, desde el punto
de vista que esas 48 horas no se debe vender ni consumir en restaurantes
ni salones de fiestas las bebidas alcohólicas", concluyó.
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